CATEGORÍA EXPERIENCIA Y CONVERSACIÓN
COMPANI SOCIAL — Tu Cita Por Un Día
Última actualización: Agosto de 2026
Los presentes Términos y Condiciones regulan las experiencias contratadas dentro de la categoría Experiencia y Conversación de Compani Social.
Son aplicables tanto a la persona que reserva la experiencia, denominada en adelante “Usuario”, como a la persona seleccionada para compartirla, denominada “Acompañante Conversacional”.
Al reservar, aceptar o participar en una experiencia de esta categoría, ambas partes declaran conocer y aceptar las presentes condiciones, conjuntamente con los Términos y Condiciones Generales de Compani Social.
1. ¿Qué es Experiencia y Conversación?
Experiencia y Conversación es una categoría mediante la cual el Usuario puede encontrarse, presencial o virtualmente, con una persona que posee determinadas experiencias, conocimientos adquiridos a partir de ellas o una trayectoria personal que resulta de interés para conversar.
La experiencia se construye principalmente sobre:
Experiencia personal + aprendizajes + conversación + acompañamiento.
El Acompañante Conversacional comparte aquello que ha vivido, aprendido y descubierto durante su propia trayectoria, mientras el Usuario puede conversar, preguntar, intercambiar perspectivas y reflexionar sobre aquello que resulte de su interés.
2. Una conversación con valor desde lo vivido
La experiencia no consiste únicamente en conversar.
El valor de la categoría se encuentra también en aquello que el Acompañante puede aportar desde su propia experiencia personal.
Durante el encuentro podrá compartir, según corresponda:
experiencias que haya vivido;
aprendizajes obtenidos;
errores que haya cometido;
decisiones que haya tomado;
dificultades que haya enfrentado;
qué le funcionó personalmente;
qué no le funcionó;
cambios que realizó durante su proceso;
perspectivas que desarrolló a partir de sus experiencias.
La conversación podrá desarrollarse libremente dentro del tema y características previamente ofrecidas y acordadas.
3. Temas de conversación
Los Acompañantes podrán ofrecer experiencias relacionadas con diferentes ámbitos de conversación disponibles en Compani Social.
Estos podrán comprender, entre otros:
- emprendimiento y negocios;
- realización personal;
- experiencias profesionales;
- industria musical;
- relaciones y vínculos;
- procesos de aceptación personal;
- salud sexual y prevención desde experiencias personales;
- duelos y pérdidas;
- turismo y experiencias de viaje;
- experiencias de vida;
- conversación libre;
- y otros temas admitidos por Compani Social.
Cada perfil deberá indicar los principales temas sobre los cuales el Acompañante desea compartir su experiencia y conversar.
4. La experiencia personal como punto de partida
El Acompañante podrá explicar al Usuario situaciones que haya vivido y aquello que obtuvo de ellas.
La dinámica puede seguir naturalmente una estructura como:
> ¿Qué viví? → ¿Qué aprendí? → ¿Qué errores cometí? → ¿Qué me funcionó? → ¿Qué no me funcionó? → conversemos sobre ello.
Por ejemplo, una persona que haya creado una empresa podría compartir cómo empezó, qué errores cometió durante sus primeros años, qué decisiones le funcionaron, cuáles no y qué aprendió de ese proceso.
De igual manera, una persona con experiencia en la industria musical podrá compartir su trayectoria, dificultades, aprendizajes y experiencias dentro de dicho ámbito.
5. Una experiencia participativa
Usuario y Acompañante participan activamente en la conversación.
El Usuario podrá:
preguntar, compartir situaciones propias, solicitar que el Acompañante profundice sobre alguna experiencia, intercambiar perspectivas y orientar la conversación hacia aquellos aspectos del tema contratado que considere de mayor interés.
El Acompañante podrá compartir sus experiencias, formular preguntas, aportar perspectivas y desarrollar la conversación dentro de los límites y características de la experiencia ofrecida.
La finalidad es generar un intercambio humano basado en conversación y experiencia.
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6. Acompañamiento desde la experiencia personal
Dependiendo de las características publicadas en su perfil, determinados Acompañantes podrán desarrollar una dinámica de acompañamiento o mentoría desde la experiencia personal.
Esta consiste en compartir con el Usuario aquello que el Acompañante ha aprendido recorriendo personalmente una determinada experiencia.
Por ejemplo:
> “Cuando construí mi primera empresa me ocurrió esto. Tomé esta decisión, cometí estos errores, esto me funcionó y esto no. Puedo compartir contigo lo que aprendí de ese proceso.”
La dinámica podrá incluir conversación, intercambio de perspectivas y reflexión sobre las experiencias compartidas.
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7. Autonomía del Usuario
El conocimiento compartido por el Acompañante parte de sus circunstancias y experiencias particulares.
El Usuario conserva plena autonomía para decidir qué aprendizajes, ideas o perspectivas considera relevantes para su propia situación.
Que determinada decisión haya funcionado para el Acompañante no significa que necesariamente producirá el mismo resultado para el Usuario.
Por ello, una regla fundamental de esta categoría es:
> El Acompañante comparte su experiencia; el Usuario decide qué tomar de ella y cómo aplicarla.
8. Perfil del Acompañante Conversacional
Cada Acompañante deberá proporcionar información veraz sobre las experiencias que ofrece compartir.
Su perfil podrá incluir:
temas de conversación;
experiencias personales relevantes;
trayectoria;
sectores o actividades en los que posee experiencia;
proyectos desarrollados;
conocimientos adquiridos;
intereses;
idiomas;
modalidad presencial o virtual;
características particulares de su experiencia.
Cuando corresponda, Compani Social podrá verificar determinadas credenciales o información declarada por el Acompañante.
9. Experiencia profesional como parte del perfil
La experiencia personal puede provenir también de una trayectoria empresarial o profesional.
Por ello, Compani Social podrá contar con Acompañantes que sean o hayan sido, por ejemplo:
fundadores, empresarios, CEOs, músicos, artistas, profesionales, ejecutivos, emprendedores u otras personas con experiencias relevantes para determinados Usuarios.
Estas características podrán mostrarse en sus perfiles cuando correspondan a la realidad
10. Profesionales dentro de Experiencia y Conversación
Una persona que posea una profesión podrá participar como Acompañante Conversacional y compartir experiencias relacionadas con su trayectoria.
Por ejemplo, un CEO de una empresa tecnológica podrá conversar sobre aquello que ha vivido creando o dirigiendo empresas, los errores que cometió, decisiones que tomó y aprendizajes que obtuvo.
De igual manera, otros profesionales podrán compartir experiencias derivadas de sus respectivas trayectorias.
La profesión o credencial de una persona podrá aparecer en su perfil como parte de su experiencia y trayectoria.
11. Experiencia y servicios profesionales
Cuando el Usuario reserve una experiencia dentro de Experiencia y Conversación, la modalidad contratada será aquella expresamente indicada en la reserva.
Cuando Compani Social habilite servicios profesionales diferenciados, estos deberán identificarse expresamente como tales y estarán sujetos a sus propias características y condiciones.
De esta manera, ambas partes podrán conocer antes del encuentro qué tipo de experiencia están compartiendo.
12. Coordinación de la experiencia
Antes del encuentro, Usuario y Acompañante podrán coordinar mediante los canales habilitados por Compani Social aspectos como:
tema principal + modalidad presencial o virtual + lugar o plataforma + fecha + horario + duración + características particulares de la conversación.
Esta coordinación permite que ambas partes conozcan previamente el enfoque general de la experiencia.
13. Modalidad presencial
Cuando la experiencia sea presencial, Usuario y Acompañante deberán acordar un lugar compatible con la naturaleza del encuentro.
Podrán utilizarse cafeterías, restaurantes, espacios públicos, establecimientos comerciales u otros lugares previamente acordados.
Cuando el establecimiento genere gastos adicionales, se aplicarán las reglas correspondientes a gastos de la experiencia.
14. Modalidad virtual
Cuando el perfil permita experiencias virtuales, la conversación podrá realizarse mediante videollamada u otro canal previamente acordado.
Ambas partes deberán procurar contar con los medios tecnológicos necesarios para desarrollar razonablemente la conversación.
La duración de la experiencia será la correspondiente al tiempo reservado.
15. Duración
La experiencia tendrá la duración seleccionada al momento de realizar la reserva.
Usuario y Acompañante deberán respetar el horario previamente coordinado.
Cuando ambas partes deseen continuar la conversación después del tiempo contratado, podrán coordinar una extensión de acuerdo con la disponibilidad del Acompañante y las condiciones aplicables de Compani Social.
16. Gastos durante encuentros presenciales
Salvo que la experiencia indique expresamente algo diferente, el precio pagado corresponde al tiempo y servicio del Acompañante Conversacional.
Cuando el encuentro implique gastos necesarios para desarrollar la experiencia —por ejemplo, entradas, acceso a establecimientos, actividades o transporte previamente coordinado— estos serán asumidos por el Usuario.
Cuando el Acompañante también necesite realizar un pago para poder participar en la actividad acordada, dicho importe será igualmente asumido por el Usuario.
Los gastos previsibles deberán coordinarse previamente.
17. Consumos personales
La obligación del Usuario de asumir los gastos necesarios para realizar una actividad previamente acordada no comprende cualquier consumo personal que el Acompañante decida realizar unilateralmente.
Los gastos adicionales deberán guardar relación razonable con la experiencia y ser previamente conocidos o aceptados por el Usuario.
18. Libertad durante la conversación
Usuario y Acompañante podrán expresarse libremente dentro de un marco de respeto.
Ninguna de las partes estará obligada a responder preguntas que considere excesivamente privadas, incómodas o ajenas a los límites de la experiencia.
Cualquiera podrá indicar que prefiere no conversar sobre determinado asunto.
El Usuario podrá igualmente solicitar cambiar el enfoque de la conversación dentro de los temas compatibles con la experiencia contratada.
19. Respeto y límites personales
Usuario y Acompañante deberán respetar mutuamente sus límites personales durante todo el encuentro.
No se permiten:
amenazas;
acoso;
discriminación;
coerción;
violencia;
actividades ilegales;
conductas sexuales no consentidas;
presión para revelar información privada;
comportamientos que afecten injustificadamente la seguridad o dignidad de la otra persona.
Cualquiera de las partes podrá solicitar finalizar la experiencia cuando se vulneren estos límites.
20. Privacidad de las conversaciones
Las experiencias pueden involucrar conversaciones personales.
Usuario y Acompañante Conversacional deberán respetar razonablemente la privacidad de aquello que la otra persona comparta durante el encuentro.
Ninguna de las partes deberá publicar, difundir o utilizar indebidamente información privada obtenida durante la conversación.
Cuando se trate de información empresarial, profesional o comercial particularmente sensible, ambas partes deberán evitar compartir información confidencial de terceros o aquella cuya divulgación se encuentre restringida.
21. Fotografías y grabaciones
La contratación de una experiencia no implica autorización para grabar la conversación.
Usuario y Acompañante deberán contar con el consentimiento de la otra persona antes de realizar grabaciones de audio o video del encuentro.
El uso comercial o publicitario de la imagen, voz o grabaciones de cualquiera de las partes requerirá la autorización correspondiente.
22. Resultados de la experiencia
Cada conversación y cada experiencia personal son diferentes.
Compani Social ofrece un espacio para conversar, compartir experiencias y conocer perspectivas, pero no garantiza que el encuentro produzca un resultado personal, empresarial, económico, profesional o afectivo determinado.
El valor de la experiencia se encuentra en el intercambio que ambas personas realizan durante el tiempo contratado.
23. Salud y otras materias especializadas
Cuando durante una conversación surjan asuntos médicos, psicológicos, jurídicos, financieros u otras materias que puedan requerir atención profesional especializada, las experiencias personales compartidas deberán entenderse dentro del contexto de la modalidad contratada.
Por ejemplo, un Acompañante podrá conversar sobre cómo personalmente vivió un duelo, qué sintió, qué aprendió o qué cosas le ayudaron durante ese proceso.
Eso permite preservar algo muy importante para esta categoría: sí podemos hablar de experiencias humanas profundas sin convertir automáticamente cada conversación en un servicio profesional.
Cuando el Usuario necesite un servicio profesional especializado, deberá contratarlo por los canales correspondientes.
24. Cancelación, reprogramación e inasistencia
Las cancelaciones, reprogramaciones, retrasos e inasistencias estarán sujetas a las políticas generales de reserva de Compani Social informadas a las partes.
Cuando una experiencia involucre reservas o servicios de terceros, también podrán resultar aplicables las condiciones de dichos establecimientos.
25. Finalización anticipada
Usuario o Acompañante podrán solicitar finalizar anticipadamente la experiencia cuando exista una situación que razonablemente comprometa su seguridad, privacidad, consentimiento, dignidad o límites personales.
Las consecuencias correspondientes se determinarán conforme a las circunstancias y a las políticas generales de Compani Social.
26. Compani Social
Compani Social facilita mediante su plataforma el descubrimiento, selección, reserva y coordinación de experiencias entre Usuarios y Acompañantes Conversacionales conforme a su modelo de funcionamiento.
Estos términos particulares deberán interpretarse conjuntamente con los Términos y Condiciones Generales de Compani Social, incluyendo las reglas generales sobre reservas, pagos, cancelaciones, privacidad, conducta y demás materias aplicables.
Ninguna disposición pretende limitar derechos que tengan carácter irrenunciable conforme a la legislación aplicable.
27. Aceptación
Al realizar una reserva, el Usuario declara haber podido conocer las características esenciales de la experiencia seleccionada.
Al aceptar la reserva, el Acompañante se compromete a compartir la experiencia conforme a las características ofrecidas y coordinadas.
Ambas partes reconocen que la esencia de Experiencia y Conversación se desarrolla mediante:
> Experiencia personal → aprendizajes → errores → qué funcionó y qué no → conversación → Motivación acompañamiento.




