COMPANI SOCIAL — Tu Cita Por Un Día
Última actualización: Agosto de 2026
Los presentes Términos y Condiciones regulan las experiencias contratadas dentro de la categoría Acompañamiento Social de Compani Social.
Son aplicables tanto a la persona que reserva la experiencia, denominada en adelante “Usuario”, como a la persona seleccionada para compartirla, denominada “Acompañante Social”.
Al reservar, aceptar o participar en una experiencia de Acompañamiento Social, ambas partes aceptan las presentes condiciones y las políticas generales aplicables de Compani Social.
1. ¿Qué es el Acompañamiento Social?
El Acompañamiento Social es una experiencia mediante la cual el Usuario reserva tiempo con un Acompañante Social para compartir una actividad, asistir juntos a un evento, integrarse a un entorno social o simplemente disfrutar de un plan en compañía.
La experiencia se construye principalmente sobre:
Compañía + actividad compartida + integración social + interacción + conversacion + experiencia
El Acompañante Social no tiene que limitarse a estar presente. Dependiendo del plan contratado y de lo coordinado entre ambos, podrá participar activamente para que el Usuario pueda integrarse, desenvolverse y disfrutar de la experiencia social.
2. Actividades sociales
Usuario y Acompañante podrán compartir diferentes actividades de acuerdo con sus preferencias y con las características de la experiencia seleccionada.
Entre ellas podrán encontrarse:
tomar un café;
almorzar o cenar;
ir al cine;
asistir a fiestas;
ir a discotecas;
asistir a conciertos;
participar en celebraciones;
asistir a eventos sociales;
acudir a ferias;
ir de compras;
pasear;
visitar exposiciones;
bailar;
participar en actividades recreativas;
acompañarse en reuniones;
conversar;
u otras actividades sociales previamente acordadas.
La actividad deberá ser conocida y aceptada por ambas partes.
3. Una experiencia compartida
El Acompañamiento Social busca que Usuario y Acompañante compartan activamente el plan.
Ambos podrán conversar, participar en actividades, bailar, conocer lugares, interactuar con el entorno y disfrutar juntos del tiempo reservado.
La dinámica dependerá de la actividad, las preferencias de ambas personas y aquello que hayan coordinado previamente.
Cada experiencia podrá desarrollarse de manera diferente.
4. Integración social
Cuando la naturaleza de la experiencia lo permita, el Acompañante podrá contribuir a que el Usuario se integre de manera más natural al evento, reunión o ambiente social.
Esto podrá incluir:
acompañarlo al ingresar al evento;
iniciar conversaciones;
facilitar que participe en conversaciones existentes;
ayudarlo a incorporarse a actividades grupales;
presentarlo a otras personas cuando resulte natural y apropiado;
acompañarlo mientras conoce nuevas personas;
participar junto a él en las actividades del evento;
generar conversación con el entorno;
ayudar a disminuir momentos socialmente incómodos;
contribuir a crear una experiencia más dinámica.
La integración deberá realizarse de manera natural y respetando siempre las decisiones del Usuario, del Acompañante y de las demás personas presentes.
5. Romper el hielo
Dependiendo de la experiencia, el Acompañante podrá ayudar al Usuario a romper el hielo al inicio o durante una situación social.
Podrá hacerlo mediante conversación, humor, participación en actividades, interacción con el entorno o facilitando naturalmente el inicio de conversaciones con otras personas.
Por ejemplo, si ambos asisten a una reunión donde el Usuario conoce a pocas personas, el Acompañante podrá conversar con él, incorporarse a conversaciones grupales y facilitar que el Usuario participe.
El objetivo es ayudar a crear una dinámica social más cómoda y participativa.
6. Baile y pista de baile
Cuando la experiencia se desarrolle en una fiesta, discoteca, concierto, celebración u otro espacio donde exista baile, Usuario y Acompañante podrán bailar juntos y participar activamente en la pista de baile.
El Acompañante podrá:
invitar al Usuario a bailar;
acompañarlo a la pista;
iniciar la dinámica de baile;
ayudar a romper el hielo mediante el baile;
integrarse junto al Usuario con otras personas;
participar en dinámicas grupales;
animar el ambiente;
ayudar a que el Usuario se sienta más cómodo participando;
disfrutar activamente de la experiencia junto al Usuario.
En términos comerciales: sí, el Acompañante puede “romperla contigo en la pista de baile”.
El baile deberá respetar siempre la comodidad, consentimiento y límites personales de ambas partes.
7. Participación en eventos
El Acompañamiento Social podrá utilizarse para asistir juntos a eventos sociales, personales, culturales, recreativos o de entretenimiento.
Por ejemplo:
Usuario + Acompañante → llegan juntos → se integran al evento → conversan → participan → bailan → interactúan → disfrutan de la experiencia.
El Acompañante podrá contribuir activamente a la experiencia, pero no podrá garantizar la reacción, aceptación o comportamiento de las demás personas presentes.
8. Elección del Acompañante
El Usuario podrá seleccionar al Acompañante según la información disponible en su perfil.
El perfil podrá contener aspectos como:
personalidad;
intereses;
actividades favoritas;
estilo social;
afinidades;
idiomas;
disponibilidad;
actividades que disfruta;
características de las experiencias que ofrece.
Por ejemplo, un Usuario interesado principalmente en discotecas y fiestas podrá seleccionar un perfil que indique afinidad por baile, vida nocturna y eventos sociales.
El Acompañante deberá proporcionar información veraz respecto de las características esenciales de las experiencias que ofrece.
9. Coordinación previa
Antes del encuentro, Usuario y Acompañante podrán coordinar mediante los canales habilitados por Compani Social:
actividad + lugar + fecha + horario + duración + dinámica general + gastos necesarios + preferencias relevantes.
Cuando se trate de un evento, también podrán coordinar aspectos como vestimenta requerida, entradas, ubicación, horario de ingreso u otras condiciones relevantes.
La finalidad es que ambas personas conozcan previamente el tipo de experiencia que compartirán.
10. Lugar de la experiencia
La experiencia podrá desarrollarse en lugares compatibles con la actividad seleccionada, incluyendo:
restaurantes, cafeterías, centros comerciales, cines, discotecas, conciertos, fiestas, eventos, ferias, parques, espacios culturales y otros establecimientos previamente acordados.
Ambas partes deberán respetar las normas del lugar en el que se encuentren.
11. Duración
La experiencia tendrá la duración seleccionada al momento de realizar la reserva.
Usuario y Acompañante deberán respetar el horario acordado.
Ninguna de las partes estará obligada a permanecer después de finalizado el tiempo contratado.
12. Extensión de la experiencia
Si Usuario y Acompañante desean continuar juntos después del tiempo inicialmente reservado, podrán coordinar una extensión cuando exista disponibilidad y se cumplan las condiciones correspondientes de Compani Social.
La extensión deberá ser voluntaria para ambas partes.
13. ¿Qué incluye el precio?
Salvo que la experiencia indique expresamente algo diferente, el precio pagado corresponde al tiempo y servicio del Acompañante Social.
Las entradas, consumos, reservas, transporte, actividades y servicios ofrecidos por terceros no están incluidos automáticamente.
14. Gastos de la experiencia
Cuando la actividad elegida implique gastos adicionales, estos serán asumidos por el Usuario.
Esto podrá comprender:
entradas al cine;
entradas a conciertos;
ingreso a discotecas;
entradas a fiestas o eventos;
reservas;
actividades recreativas;
transporte previamente coordinado;
acceso a establecimientos;
otros gastos necesarios para desarrollar la experiencia.
Cuando el Acompañante también necesite pagar una entrada o tarifa para participar en la actividad acordada, dicho importe será igualmente asumido por el Usuario.
Por ejemplo:
Si Usuario y Acompañante acuerdan asistir juntos a una discoteca, el Usuario asumirá su propia entrada y la entrada necesaria del Acompañante, además del precio correspondiente al Acompañamiento Social.
Los gastos previsibles deberán coordinarse previamente.
15. Consumos personales
La obligación del Usuario de asumir los gastos necesarios para realizar la experiencia no comprende automáticamente cualquier consumo que el Acompañante decida realizar.
Los consumos adicionales deberán guardar relación razonable con la actividad acordada o ser aceptados previamente por el Usuario.
16. Cambios durante la experiencia
Usuario y Acompañante podrán modificar de común acuerdo determinados aspectos del plan.
Por ejemplo, podrán decidir:
café → paseo → cena
o
evento → baile → otro establecimiento.
Los cambios deberán ser voluntarios y aceptados por ambos.
Ninguna parte podrá imponer unilateralmente una actividad distinta.
17. Una experiencia social, no una conexión garantizada
Cada encuentro tendrá una dinámica diferente.
El Acompañante contribuirá con su compañía, interacción y participación, pero no existe obligación de que entre ambas personas se produzca amistad, atracción, afinidad o cualquier vínculo posterior.
Tampoco se garantiza que el Usuario vaya a conocer nuevas personas o establecer determinadas relaciones durante un evento.
El servicio consiste en acompañar, participar y facilitar la experiencia social, no en garantizar la conducta o reacción de terceros.
18. Límites personales
Usuario y Acompañante deberán respetar mutuamente sus preferencias y límites.
Cualquiera podrá manifestar que no desea:
realizar determinada actividad;
ir a determinado lugar;
bailar de determinada manera;
consumir alcohol;
responder determinada pregunta;
interactuar con determinada persona;
mantener determinado contacto físico;
permanecer en una situación que le resulte incómoda.
La decisión deberá ser respetada.
19. Consentimiento
La contratación de Acompañamiento Social no constituye consentimiento automático para contacto físico, afectivo o sexual.
Cualquier interacción física deberá respetar los límites y consentimiento de ambas personas.
El consentimiento podrá retirarse en cualquier momento.
20. Servicios sexuales
El Acompañamiento Social no comprende servicios sexuales.
El pago realizado corresponde al tiempo y a la experiencia social contratada.
Ninguna de las partes podrá interpretar el pago, la reserva, la entrada a un establecimiento, una cena, el baile u otro gasto asumido por el Usuario como obligación de realizar actos sexuales.
21. Alcohol
Cuando la experiencia se realice en lugares donde exista consumo de bebidas alcohólicas, ninguna de las partes estará obligada a consumirlas.
Usuario y Acompañante deberán respetar mutuamente la decisión de beber o no hacerlo.
El consumo de alcohol no modifica las reglas sobre consentimiento, respeto y límites personales.
22. Transporte
Cuando la experiencia implique desplazamientos, Usuario y Acompañante podrán coordinar previamente el medio de transporte.
Los gastos necesarios de transporte vinculados con la experiencia serán asumidos por el Usuario cuando corresponda conforme a lo previamente acordado.
23. Servicios de terceros
Durante una experiencia podrán utilizarse establecimientos o servicios ofrecidos por restaurantes, discotecas, cines, organizadores de eventos, empresas de transporte u otros terceros.
Usuario y Acompañante deberán respetar las reglas correspondientes a dichos establecimientos.
Los servicios prestados directamente por terceros estarán sujetos a sus propias condiciones.
24. Fotografías y videos
Usuario y Acompañante podrán realizar fotografías o videos durante la experiencia cuando ambos estén de acuerdo.
La contratación del servicio no constituye autorización automática para utilizar comercial o publicitariamente la imagen de la otra persona.
Cualquier utilización de esta naturaleza requerirá la autorización correspondiente.
25. Privacidad
Usuario y Acompañante deberán respetar razonablemente la privacidad de la información que compartan durante el encuentro.
Ninguna persona estará obligada a revelar información personal que no desee proporcionar.
La información obtenida durante la experiencia no deberá utilizarse posteriormente para acosar, amenazar o perjudicar a la otra persona.
26. Seguridad
Ambas partes deberán adoptar medidas razonables de seguridad durante la experiencia.
Cualquiera podrá solicitar cambiar de lugar, modificar el plan o finalizar el encuentro cuando considere razonablemente que una situación compromete su seguridad.
Ninguna parte podrá exigir a la otra participar en actividades ilegales o manifiestamente peligrosas.
27. Conducta
Usuario y Acompañante se comprometen a mantener una conducta respetuosa.
No se permiten:
amenazas;
violencia;
acoso;
discriminación;
coerción;
actividades ilegales;
contacto sexual no consentido;
presión para realizar actividades rechazadas;
comportamientos que comprometan injustificadamente la seguridad o dignidad de la otra persona.
28. Cancelaciones, reprogramaciones e inasistencias
Las cancelaciones, reprogramaciones, retrasos e inasistencias estarán sujetas a las políticas generales de reserva de Compani Social.
Cuando se hayan adquirido entradas o realizado reservas frente a terceros, también podrán resultar aplicables las condiciones correspondientes a dichos proveedores.
29. Finalización anticipada
Usuario o Acompañante podrán solicitar finalizar anticipadamente la experiencia cuando exista una situación que razonablemente comprometa su seguridad, consentimiento, privacidad, dignidad o límites personales.
Las consecuencias correspondientes se determinarán conforme a las circunstancias y a las políticas generales de Compani Social.
30. Compani Social
Compani Social facilita mediante su plataforma la selección, reserva y coordinación de experiencias entre Usuarios y Acompañantes Sociales conforme a su modelo de funcionamiento.
Estos términos particulares deberán interpretarse conjuntamente con los Términos y Condiciones Generales de Compani Social, especialmente respecto de pagos, reservas, cancelaciones, privacidad y reglas generales de conducta.
Ninguna disposición pretende limitar derechos de carácter irrenunciable reconocidos por la legislación aplicable.
31. Aceptación
Al realizar una reserva, el Usuario declara haber podido conocer las características esenciales de la experiencia seleccionada.
Al aceptar la reserva, el Acompañante se compromete a participar conforme a las características ofrecidas y coordinadas.
Ambas partes reconocen que el Acompañamiento Social se construye principalmente sobre:
Compañía + actividad compartida + integración social + interacción + experiencia.




